Ahora que se han presentado las
candidaturas a las elecciones locales del 24 de mayo, vemos que muchos de los
candidatos han desempeñado o desempeñan cargos en los más diversos clubes,
agrupaciones, cofradías y otro tipo de asociaciones. De hecho, esos cargos son
presentados en los perfiles de los candidatos como un aval de compromiso con la
sociedad y como una prueba de su aptitud. Y son presentados, también, como la
garantía de que, de ser elegido, el candidato desempeñaría un cargo en el
Ayuntamiento con el mismo afán y al menos la misma responsabilidad que lo hizo
en la asociación en la que ha prestado su labor.
Todos
esos trabajos han sido desarrollados en sus ratos libres, quitándole tiempo a
sus aficiones y casi siempre quitándole tiempo a su familia y a sus amigos. Y
siempre han sido realizados sin cobrar un duro, lo que es tanto como decir que
quien los ha llevado a cabo ha debido correr personalmente con los gastos de gasolina,
teléfono, invitaciones, etc. Esto es tan generalizado, tan así, que a nadie se
le ocurriría pensar que se debe indemnizar al presidente de una cofradía o de
una AMPA por las llamadas telefónicas que realiza en el desempeño de su cargo o
por el gasto de gasolina que tiene al ir desde su casa al lugar donde se
celebran las reuniones. Y es tan así, que pondríamos el grito en el cielo si
los miembros de un club deportivo o de una asociación cultural cobraran por
asistir a las sesiones de la directiva.
Como
a día de hoy lo normal es que se cobre por la asistencia a las sesiones de los
órganos colegiados de las entidades locales, el candidato sin dedicación
exclusiva o parcial que logre un escaño de concejal pasará a cobrar una
indemnización por cada sesión del pleno a la que asista y puede que también lo
haga por cada asistencia a comisiones. Casi siempre es poco, es cierto, pero
siempre es más que lo que venía cobrando anteriormente por el tiempo que le
dedicaba a cumplir los fines sociales del club o asociación en la que trabajaba.
¿Es
esto lógico? Al parecer sí, porque nadie parece plantear una corrección, ni
siquiera quienes suscriben los códigos éticos que se vienen publicando. Todo lo
que he expuesto anteriormente viene a expresar que yo, sin embargo, no lo veo
así. Y no hablo del sueldo que deben cobrar los que tienen dedicación exclusiva
o parcial, que sirve para mantenerlos a ellos y a su familia (esto necesitaría
de un artículo aparte), que deben mantenerse y en ocasiones hasta
incrementarse, ni hablo de las indemnizaciones que deben abonarse al gestor público
para compensar los desembolsos que este ha hecho, por conceptos tales como
dietas, desplazamientos o gastos de representación, hablo de que los fines
sociales (para todos) que asume una entidad pública deben valorarse por sí
mismos y de que el premio debe ser trabajar para conseguirlos, mucho más que lo
es empeñarse en conseguir el fin de una asociación.
Se
ha cambiado la cultura del servicio público, eso es evidente. Y es evidente que
el servicio público está muy poco acreditado, como lo muestran las dificultades
que tienen los partidos para conseguir candidatos con los que completar las
listas electorales. Pero se equivocan quienes creen que premiando la asistencia
a un órgano colegiado se incentiva la participación en la gestión pública. Se
equivocan los que creen que indemnizando una asistencia se retribuye una
dedicación de ese tipo. Y se equivocan aún más los que creen que con ello se
dignifica un puesto de responsabilidad política.
Los
puestos se dignifican con el cariño y el anhelo que uno le pone a su ejercicio.
Cuanto más importante es el puesto, más cariño y más anhelo necesita. Y, dados
los fines de la entidad, el puesto de concejal es uno de los más importantes que
puede ocupar un ciudadano.
* Publicado en el semanario La Comarca